Medellín, Colombia.

Resignificación de ciudad, ciudadano y ciudadanía

El concepto «ciudad» ha estado presente en la historia de la humanidad desde hace cientos de años. Algunos lingüistas identifican sus primeros rasgos semánticos cerca del año 1200, con el término «cite», que hace parte del antiguo francés.

Otros estudios etimológicos identifican el inicio del concepto en el latín, a través del término «civitas», mismo que guarda relación con la palabra «civis», que se refiere a «ciudadano».

Sea un momento u otro, lo que convoca las reflexiones y estudios actuales sobre el término no es su génesis, sino lo que significa.

En este texto se abordan algunas ideas y consideraciones sobre los conceptos «ciudad», «ciudadano» y «ciudadanía», como abrebocas a un siguiente texto que indaga por estos significados en la sociedad de la información.

¿Qué significa «ciudad»?

Según el diccionario de la Real Academia Española, «ciudad» se refiere al:

“conjunto de edificios y calles, regidos por un ayuntamiento, cuya población densa y numerosa se dedica por lo común a actividades no agrícolas”.

Existen otras acepciones que abren el debate sobre las fronteras de la ciudad en el siglo XXI, como:

  • “Lo urbano, en oposición a lo rural”.
  • “Título de algunas poblaciones que gozaban de mayores preeminencias que las villas”.

En otras palabras, puede entenderse «ciudad» como el espacio geográfico delimitado que permite grandes y constantes concentraciones de individuos, que participan en actividades sociales, culturales, políticas, económicas, entre otras.

Además, en la «ciudad» convergen la infraestructura, la organización administrativa y los servicios necesarios para construir y consolidar una sociedad.

Por su parte, la sociología afirma que las «ciudades», además de la infraestructura y su vocación económica, política y administrativa, son espacios que permiten entramados sociales y culturales que favorecen la interacción y la cohesión social.

¿Qué significa «ciudadano»?

Continuando con la RAE, el «ciudadano» hace referencia a “natural o vecino de una ciudad”, es decir, toda aquella persona que habita la «ciudad» es, por definición, «ciudadano».

Otras acepciones del diccionario indican:

  • “Perteneciente o relativo a la ciudad”.
  • “Persona considerada como miembro activo de un Estado, titular de derechos políticos y sometido a sus leyes”.
  • “Hombre bueno”.
  • “Habitante libre de las ciudades antiguas”.

Un concepto bastante amplio, del que se pueden recuperar algunas ideas:

  • Titular de derechos políticos.
  • Sometido a sus leyes.
  • Hombre bueno.
  • Habitante libre.

Así, «ser ciudadano» supone que la persona existe y participa dentro de una «ciudad», que está orientada bajo un conjunto de derechos y deberes, que buscan su emancipación personal, familiar y social.

¡Un ideal!

Otras ideas sobre «ser ciudadano» indican que la persona interactúa en sociedad.

Siguiendo las cualidades de una comunidad, el «ciudadano» participa, interactúa y busca el crecimiento de la «ciudad».

Esta interacción se da en lo político, en el compromiso cívico y en la responsabilidad social.

Por ejemplo, el «ciudadano» construye sociedad desde su participación con el voto en las elecciones hasta la participación en movimientos sociales, deportivos y culturales.

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¿Qué es «ciudadanía»?

Finalmente, la Real Academia Española comparte tres acepciones sobre «ciudadanía». Ellas son:

  • “Cualidad y derecho de ciudadano”.
  • “Conjunto de los ciudadanos de un pueblo o nación”.
  • “Comportamiento propio de un buen ciudadano”.

Como lo indica Galindo (2009), este conjunto de definiciones termina siendo un pleonasmo “por el que un concepto termina definiendo otro”; una frecuente frustración cuando se consulta un diccionario de usos.

Así, continuando con el mismo autor, «ciudadanía» se entiende como el “ejercicio de los derechos y deberes dictados, implícita o explícitamente, por la ciudad”.

De manera ampliada, la «ciudadanía» es una condición intrínseca de todo «ciudadano», que se origina en su interacción con los demás y su tránsito por el reconocimiento, el respeto y la actuación coherente y cohesionada con el conjunto de derechos y deberes que orientan la «ciudad».

La «ciudadanía» es, además, una construcción social, jurídica y legal que confiere a las personas una serie de derechos civiles, políticos y sociales, y les impone un conjunto de obligaciones.

Cambios en los significados

No hay necesidad de remitirse a estudios etimológicos sobre lenguas muertas o antiguas para afirmar que los conceptos de «ciudad», «ciudadano» y «ciudadanía» se han transformado a lo largo del tiempo.

Entender hoy la «ciudad» como lo opuesto a lo rural es desconocer la ausencia de las estructuras sociales, culturales, económicas y políticas que habitan en estos últimos territorios.

Las «personas rurales» tejen sus propias interacciones entre ellos mismos y, gracias a los medios de comunicación, conectan con otros territorios.

Esta conexión impacta semánticamente al «ciudadano», pues no se trata de una persona que goza de derechos políticos y está sometida a una leyes que dicta un único y delimitado territorio, sino que -como lo diría Thomas Friedman- habita una “tierra plana” donde las fronteras se han desdibujado y las normativa tiene un impacto global.

Así, la acción de ser «ciudadano» que co-habita una «ciudad» se modifica y da pie al concepto de «ciudadanía global», donde todas y cada una de las personas, gracias a las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones – TIC, están hiperconectadas.

Lo que continúa ahora, como bien se anotó al inicio, es reflexionar sobre el sufijo «digital» y cómo ello afecta las realidades.

Bibliografía

  • Galindo, J. (2009). Ciudadanía digital. Signo y pensamiento, vol, XXVIII, núm. 54. Págs. 164 – 173.

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Por:
Juan Carlos Morales S.
Comunicador y educador
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