Logo de YouTube

¿Adiós a la monetización en YouTube?

Hace pocas horas se levantó una fuerte crítica por parte de algunos generadores de contenido audiovisual de YouTube por la aplicación estricta y masiva de las “Directrices de Contenidos Adecuado para Anunciantes”.

Según algunos YouTubers, estas normas buscan censurar y desvirtuar la filosofía abierta, independiente y alternativa de la plataforma.

Al momento, no he encontrado un pronunciamiento oficial de Google -propietario de la plataforma- que aborde el tema con profundidad y claridad. Preocupante la situación pues algunos YouTubers han manifestado la existencia de dudas y mal interpretaciones que deben resolverse.

Sin embargo, en su cuenta Twitter, YouTube menciona que las políticas no han cambiado y solo se ha mejorado los procedimientos de notificación.

La discusión apenas comienza.

Las políticas de Google

Personalmente, si en algo se destaca Google es en su extensa documentación sobre los servicios y herramientas que ofrece los usuarios.

El gigante de Montain View se esfuerza por identificar, describir y traducir en decenas de idiomas las condiciones de uso, los términos de privacidad y las responsabilidades que asumen los consumidores, productores y anunciantes al utilizar todas y cada una de las soluciones electrónicas que ofrece Google.

Para el caso de YouTube, la documentación está disponible y puede ser consultada de manera libre en el Centro de Políticas. Según la misma plataforma, allí se pueden encontrar respuestas y conocer los principios de los lineamientos de la comunidad.

Los capítulos de esta política son: privacidad, acoso e intimidación, contenido discriminatorio, amenazas, menores en riesgo, desnudez o contenido sexual, en otros. En realidad, la política es amplia.

Una primera tarea entonces es conocer en detalle los lineamientos de la plataforma y, conforme a ellos, decidir si participar o no como consumidor, productor o anunciante. Considero que el poder está en manos del usuario.

La Directriz de Llorente

Como si se tratase del Grito de Independencia de Colombia, la reciente y estricta aplicación de la ‘Directriz de Contenido Adecuado para Anunciantes‘ fue el Florero de Llorente.

El primer momento ocurrió con el envío masivo de notificaciones y la aplicación de restricciones a productores de contenido, bajo el argumento de una posible violación de las políticas de publicidad para contenidos.

Los primeros «gritos» de rechazo se sintieron en Estados Unidos. Horas más tarde, contenidistas del resto del mundo se pronunciaron al respecto, tanto en YouTube como en Twitter y Facebook. Rápidamente el tema se convirtió en tendencia mundial.

Por mi parte, el primer «grito» lo escuché de Jordi Wild, un YouTuber español que cuenta con más de cinco millones de suscriptores y ofrece contenidos para una audiencia mayor de edad.

Según Jordi, «YouTube va a cambiar… a peor«.

Al momento, la batalla la va ganando YouTube, pues -en su defensa- las políticas y condiciones de uso del servicio no son nuevas. Toda la «letra pequeña» de los contratos (aquella que muy pocos leen) ha estado disponible y en permanente actualización desde sus inicios. Además, éstas son vigiladas por instituciones y gobiernos que procuran salvaguardar la privacidad e integridad de sus ciudadanos.

Lo que dice la Directriz

Por lo que he observado, los YouTubers que se ven afectados manifiestan haber conocido con anterioridad la política y la respetan, pero centran su rechazo en la redacción del texto, su compleja interpretación y la condición abierta de algunos de sus puntos.

La primera inquietud se ubica al inicio del capítulo «Contenido inadecuado para anunciantes»:

Entre el contenido que se considera «inadecuado para anunciantes» se incluyen, entre otros:

La pregunta es: ¿Qué tanto significa el «entre otros»? Aunque YouTube lista las cinco condiciones o características actuales que pueden marcar un contenido como inapropiado para monetización, el término «entre otros» deja un vacío y supone que -de manera arbitraria y sin previo anuncio- la lista puede incluir nuevos escenarios. Esa incertidumbre es crítica para los generadores de contenido.

Continuando con la lectura, la primera condición dicta que las «escenas de carácter sugerente, incluidos desnudos parciales y humor verde» son causante de marcación como contenido no monetizable.

Esta primera condición es una de las que más afecta a los productores de contenido de entretenimiento para mayores de edad (y no estoy hablando de pornografía o violencia explícita).

Las inquietudes sobre este punto: ¿Qué es una imagen sugerente? ¿Qué se entiende por humor verde? ¿Hasta dónde es un desnudo parcial un escote? ¿Aplica para tutoriales de belleza? ¿Las reacciones en gameplay también aplican?

En este momento pienso como Internautismo Crónico, el Rincón de Giorgo, Luzugames y Fernanfloo -por mencionar algunos canales- se verán afectados. Necesariamente habrá que tomar medidas en el diseño de los guiones.

La segunda condición se refiere a contenidos violentos, incluidas las imágenes de lesiones graves y acontecimientos de extrema violencia.

Aquí rescato la posición de Jordi Wild: el punto es válido y pertinente, pero ¿hasta qué punto y con qué mecanismos se valoran las imágenes violentas? ¿Qué sucede con los contenidos audiovisuales que describen sesiones de juego en títulos como «Call of Duty», «Battlefield», «Mortal Kombat X» o «Soldier of Fortune»?

Es preciso aclarar este punto, pues así son muchos más canales se verán afectados con la aplicación de la Directriz.

La tercera y cuarta condición: «Lenguaje inapropiado, incluido el acoso, las obscenidades y el lenguaje vulgar» y «Incitación a la venta, el consumo o el abuso de drogas y sustancias reguladas». No hay mucho por decir: muy válida la política, pero surgen preguntas similares a las ya mencionadas.

Por último, la quinta condición describe: «Acontecimientos y asuntos controvertidos y delicados, como conflictos bélicos o políticos, desastres naturales y tragedias (aunque no aparezcan imágenes explícitas)».

En este punto algunos YouTubers han mencionado su gran preocupación, pues -según ellos- esta política va en contravía a la libertad de expresión y prensa, y configura a YouTube como una plataforma de censura. ¿Será que sí?

Mi punto de vista sobre el tema

En lo que va mi observación y reflexión, considero que las políticas -aunque confusas y poco profundas- tienen una buena orientación.

Primero: buscan poner en cintura a los productores de contenido audiovisual, exigiéndoles una producción más amable con las audiencias. Reconozco que hay audiencias que disfrutan del «humor verde» y lenguaje vulgar (y me incluyo en ese grupo), pero también identifico otras que pueden verse afectadas o vulneradas con esos contenidos.

Segundo: pretenden garantizar a los anunciantes puntos de visibilidad e impacto «moralmente correctos». Aunque aquí -en lo moral- hay discusiones que dan para otras entradas en este blog, pues esa condición dudo que se presente en los medios de comunicación tradicionales que distribuyen -sin reparo alguno- contenidos sobre narcotráfico; violencia sexual explícita, y discriminación racial y religiosa.

Entonces ¿estoy de acuerdo con las políticas de YouTube? Con el respeto que merecen los creadores de contenidos de entretenimiento, sí.

Los esfuerzos por generar un internet respetuoso, amable e incluyente siempre los he defendido. Así como también he defendido la condición de una Red libre, abierta y sin rastro de censura.

Apoyo a YouTube… pero también apoyo a los YouTubers. Lo que sigue es establecer una negociación,… mejor dicho, mandar a «arreglar el florero de Llorente» antes que se forme una batalla.

¿Necesitas asesoría en YouTube?

Convierte tu canal de YouTube en un activo para tu empresa o proyecto personal. Como Experto de Productos Google para YouTube, estoy dispuesto a ser parte de tu sueño audiovisual.

Conversemos

¿Qué hay de la censura?

En lo personal, considero que no hay censura.

Si bien YouTube indica que los contenidos sobre acontecimientos y asuntos controvertidos son marcados como inapropiados hay que tener presente que esta marca corresponde a una dimensión económica y no comunicativa, es decir, los YouTubers (y aquí entran los medios comunicación y los periodistas independientes) no serán vetados para crear, publicar y distribuir contenidos. La afectación impacta sobre sus métodos de financiación.

Insisto pues, esta política no supone censura alguna. Que eso quede claro.

Bajo este panorama, Vicky Dávila podrá seguir diciendo «suscríbete», Daniel Samper estará habilitado para continuar vendiendo su (puto) libro y Jordi Wild no estará limitado para seguir haciéndonos reír.

¿Cambian los modelos de financiación?

Total. Y esto que está sucediendo hoy (septiembre de 2016) supone un nuevo capítulo en la historia de internet, pues los productores de contenidos, los anunciantes y las plataformas tendrán que irse adaptando a las nuevas políticas (como sucedió con la Ley de Cookies en Europa) y las exigencias de los usuarios, que -al final- son los que marcan la ruta a seguir.

¿Deberá Jordi Wild preocuparse por la ausencia de anuncios en su canal? No, en lo absoluto. Todo lo contrario, estos cambios suponen nuevas oportunidades para la comercialización y monetización de los canales de entretenimiento. Temas como los modelos de publicidad y financiación transmedia entran en escena.

Es más, Jordi ya lo logra con sus Wild Parties: fiestas reales (en discotecas de Madrid y Barcelona) a las que asisten sus suscriptores de YouTube, donde deben pagar por una entrada, el consumo de bebidas y la adquisición de souvenirs. Además, los asistentes están expuestos a cualquier cantidad de anuncios publicitarios… anuncios que se pueden monetizar. El modelo sigue, solo que se empieza a transformar.

La inquietud está en los pequeños YouTubers. Pero no hay de qué preocuparse, pues éstos se adaptan más fácil a los cambios.

Un punto inquietante, del que no he encontrado reseñas, es la posible afectación sobre los servicios de Adwords y Adsense -ambos de Google-. ¿Será que los anunciantes querrán seguir allí?

Me explico: si soy una marca orientada al entretenimiento (por mencionar, Netflix o un hotel en las Bahamas) quizás quiera pautar en canales de entretenimiento para adultos. Entonces, si YouTube no me lo permite, pues simplemente negocio directamente con el productor de contenido y, en vez de aparecer como un anuncio intrusivo, resalto por hacer parte de la puesta en escena del canal.

El tema está como para alquilar balcón. Ya veremos cómo va. Por lo pronto seguiré planeando cómo generar contenidos, pues yo también quiero ser un YouTuber y -por qué no- obtener algunos «dinericos», como dice Jordi Wild.

Nota final: ¿Será qué esto afecta a los canales que no son de entretenimiento? No creo, pero seguiré atento a la discusión.

¿Y tú, qué piensas de estas directrices? Deja tus comentarios y sigamos la conversación.

¿Quieres aprender más? Ingresa a la ruta de aprendizaje Quiero ser YouTuber para ampliar tus conocimientos, habilidades y destrezas en el tema.

Tu aporte nos permite crear contenidos. Tu apoyo desde Nequi

¡Vamos por los 25.000 suscriptores en YouTube! Suscríbete

¿Tienes una pregunta sobre el artículo? Cuéntanos en los comentarios. Además, si buscas información sobre un tema y no está disponible, anótalo a continuación para agregarlo a nuestra agenda de contenidos.

Por:
Juan Carlos Morales S.
Comunicador y educador
YouTube | LinkedIn | Instagram | Twitter

Licencia Creative Commons ¿Adiós a la monetización en YouTube? por juancadotcom se distribuye bajo una Licencia Creative Commons Atribución-CompartirIgual 4.0 Internacional. Basada en una obra en https://e-lexia.com/blog.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

Icono de soporte y atención. Dirige al formulario de contacto de e-Lexia.com Contacto
Logo de e-Lexia.com: Regresar al inicio del sitio web Inicio